La ORDEN 1178/2020, que salió publicada el sábado pasado, día 19, solo es aplicable a los lugares donde hay restricciones de movilidad. El resto de zonas, siguen estando en normalidad y sujetas a la anterior orden, la 688/2020, que marcaba unos aforos del 60% para las iglesias y una libre movilidad por esas zonas donde no hay restricciones.
Queda claramente establecido que el aforo en iglesias ubicadas en zonas o barrios con restricciones, no podrá superar el 33%, mientras que las iglesias en zonas donde no hay restricciones mantienen su aforo del 60%.
Ante aguas dudas que nos surgieron y algunas preguntas que nos hicieron algunos pastores, trasladamos a la Consejería, las siguientes preguntas, que nos contestaron por correo electrónico y esperamos también os aclaren vuestras dudas:
ACLARACIONES CON LA CONSEJERIA DE SANIDAD
P: ¿Puede la gente asistir con normalidad a las iglesias? R: Las personas pueden asistir a las iglesias manteniendo las medidas de aforo y seguridad.
P: ¿Es necesario un justificante de desplazamiento? R: Es necesario justificante para desplazamiento por motivos laborales, estudios… . Puede utilizar el modelo disponible en la web de la CM https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/2019-nuevo-coronavirus
P: La gente que vive en barrios no confinados, ¿pueden asistir a iglesias que se encuentran en barrios confinados? R: Las personas que viven en barrios no afectados con las medidas de restricción no pueden acudir a iglesias de las zonas que tienen dichas medidas
P: ¿Pueden acudir personas de un barrio confinado a una iglesia que está en un barrio no confinado? R: No pueden acudir a una iglesia de las zonas con restricción de movilidad desde una zona que no tiene esta restricción.
P: Las personas que viven en un barrio confinado, y asisten a una iglesia en ese mismo barrio, ¿necesitan justificante o certificado de membresía para poder desplazarse? R:Dentro del mismo barrio o zona no necesita justificante
P: ¿Pueden los voluntarios que van a iglesias a servir alimentos, etc., a personas necesitadas, acudir a realizar su voluntariado esté donde esté la iglesia y vivan donde vivan ellos? R: En estos casos se considerarían situaciones asimilables a motivos laborales necesitando una autorización Modelo de justificante/certificado para entrada y salida de zonas de movilidad restringida por motivos laborales
P: ¿Pueden los pastores desarrollar su función pastoral en cualquier rincón de la ciudad? ¿Con o sin autorización? R: Si se puede , si no reside en la zona restringida de movilidad deben tener autorización : Modelo de justificante/certificado para entrada y salida de zonas de movilidad restringida por motivos laborales
NUEVOS CAMBIOS:
Este viernes 25, el Viceconsejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Antonio Zapatero, ha hecho un nuevo comunicado con la ampliación a otras 8 zonas a partir del próximo lunes 28, Salvo lo previsto en la ORDEN 1178/2020 no se podrá salir ni entrar de las siguientes zonas:
En Madrid capital: Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba, en Carabanchel; Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur, San Fermín y Orcasitas, en Usera; San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales, en Villaverde; la zona básica de Villa de Vallecas; Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieto, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira, Federica Montseny Campo de la Paloma y Rafael Alberti, en Puente de Vallecas, Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca, La Elipa, García Noblejas y Rafael Alberti en Ciudad Lineal y Vicálvaro artilleros en Vicálvaro.
En el resto de la región: las zonas de Alicante, Cuzco, Francia y Panaderas en Fuenlabrada, las de San Blas e Isabel II en Parla, los municipios de Humanes de Madrid y Moraleja de Enmedio, las zonas de Las Margaritas y Sánchez Morate en Getafe, las de los Reyes Católicos en San Sebastián de los Reyes, las de Chopera y Miraflores en Alcobendas y Miguel Servet y Doctor Trueta en Alcorcón.
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