FEREDE informa sobre las nuevas condiciones de asistencia durante el estado de alarma

Desde la Consejería de Medios de Comunicación del CEM, nos hacemos eco de la noticia de Actualidad Evangélica sobre las condiciones para las Asistencia Religiosa y la Acción Social de las iglesias evangélicas durante el estado de alarma. Las consultas más comunes de las iglesias tienen que ver con la retransmisión de cultos por internet, la asistencia pastoral presencial, la celebración de ritos fúnebres, la capellanía hospitalaria y la acción social y humanitaria

(Redacción, 31/0372020) La Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) trabaja intensamente por dar respuesta a las numerosas preguntas y consultas que desde que comenzó el estado de alarma les hacen llegar los pastores, iglesias y entidades.

Pese al cierre de sus oficinas, la Federación evangélica mantiene sus servicios activos a través del trabajo por vía telefónica y telemática, analizando todas las medidas anunciadas por el Gobierno y tratando de determinar el alcance y la forma en que tales medidas pueden afectar a la labor religiosa, espiritual y social de las iglesias y entidades evangélicas. Una labor compleja debido a los cambios y ajustes que el Gobierno va introduciendo en cada reunión del Consejo de Ministros, y también porque muchas medidas no son de aplicación directa para las iglesias, siendo necesaria una interpretación jurídica del espíritu de tales medidas y una asimilación a situaciones análogas.

Además de las consultas sobre la posible afectación de las medidas económicas anunciadas días atrás por el Gobierno, han sido muchas las relacionadas con las que afectan o pueden afectar al ejercicio de la asistencia religiosa, pastoral y la acción social de las iglesias y entidades evangélicas.

Cinco son los temas que más dudas y preguntas producen y sobre los cuales desde FEREDE está respondiendo y asesorando a sus iglesias: 1) La celebración de cultos para su retransmisión por internet; 2) La asistencia religiosa y pastoral; 3) La asistencia religiosa en caso de fallecimientos; 4) La asistencia religiosa en hospitales o centros medicalizados; y 5) La asistencia social y humanitaria.

Sobre cada uno de estos temas, FEREDE está explicando qué es lo que dicen los reales decretos; cuáles son los objetivos sociosanitarios de tales medidas; la conveniencia e importancia de cumplirlas en su totalidad, no solo para evitar posibles sanciones sino por razón de conciencia cívica y testimonio; y cómo actuar cuando la asistencia pastoral, religiosa, o humanitaria, sea imperativa para atender una necesidad esencial de las personas y no pueda realizarse sino de forma presencial…

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Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica

 

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